SEÑAL DIFERENTE PARA TU OIDO

SEÑAL DIFERENTE PARA TU OIDO
..

INFORMATIVO EN REDES /YouTube-Facebook- Instagram- Tik Toc

Definidos plazos para pagos de impuesto de Industria y Comercio


De acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Acuerdo 028 del 28 de diciembre de 2017, la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Dosquebradas estableció los plazos para el pago de Impuesto de Industria y Comercio correspondiente al pago del año 2018 así:
PAGO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CUOTA
FECHA DE VENCIMIENTO
Presentación Declaración y Primera Cuota
40%
lunes, 29 de abril de 2019
Segunda Cuota
30%
viernes, 31 de mayo de 2019
Tercera Cuota
30%
viernes, 02 de julio de 2019
De igual manera, quedaron estipuladas las fechas para los contribuyentes que son Retenedores y Autorretenedores así:  
PRESENTACIÓN Y PAGO  DE RETENCIÓN Y AUTORRETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA  Y COMERCIO
PERIODO
FECHA DE VENCIMIENTO
1
Enero –Febrero 2019
Viernes, 22 de Marzo de 2019
2
Marzo- Abril 2019
Viernes, 24 de Mayo de 2019
3
Mayo – Junio 2019
Viernes, 26 de Julio de 2019
4
Julio-Agosto 2019
Viernes, 27 de Septiembre de 2019
5
Septiembre- Octubre 2019
Viernes, 22 de Noviembre de 2019
6
Noviembre- Diciembre 2019
Viernes, 24 de Enero de 2020
El Secretario de Hacienda Huberney Jaramillo Osorio explicó que también se determinaron los plazos para quienes pertenecen al régimen especial cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 88 del Estatuto Tributario.
PAGO  DEL  IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RÉGIMEN ESPECIAL
PERIODO
FECHA DE VENCIMIENTO
1
Enero –Marzo de 2019
Viernes, 26  de Abril de 2019
2
Abril-Junio 2019
Viernes, 26 de Julio de 2019
3
Julio – Septiembre 2019
Viernes, 25 de Octubre de 2018

Octubre –Diciembre  de 2019, Declaración Anual
Viernes, 27 de Marzo de 2020
Finalmente el funcionario añadió que cualquier inquietud adicional se pueden acercar a las instalaciones de la Secretaría ubicada en el primer piso del Centro Administrativo Municipal – CAM para evitar extemporaneidad en la presentación y pago del impuesto, lo que acarrea sanciones y altos costos en intereses.
Dato de Interés:
Los contribuyentes que pertenezcan al régimen especial deberán presentar la carta de solicitud ante la Secretaría de Hacienda hasta el 31 de marzo de 2019.

Share on Google Plus

About RegioNETnoticias

0 comentarios:

Publicar un comentario