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Registraduría y Consejo Nacional Electoral fijan nueva fecha de elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud para el 5 de diciembre


Ante la solicitud de 14 partidos políticos, las autoridades electorales ampliaron el plazo de inscripción de listas a los Consejos Municipales y Locales de Juventud. Las primeras elecciones para los Consejos de Juventud estaban previstas inicialmente para el domingo 28 de noviembre.

 La Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral fijaron el próximo domingo 5 de diciembre como nueva fecha para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud, ante la solicitud de 14 partidos políticos que pidieron el plazo de inscripción de listas.

Las primeras elecciones para los Consejos de Juventud estaban previstas inicialmente para el 28 de noviembre.

Las autoridades electorales otorgaron el plazo para que los partidos políticos, procesos y prácticas organizativas de juventudes y jóvenes independientes puedan inscribir sus candidatos o terminar la inscripción de las listas preinscritas.

Las etapas del nuevo calendario electoral incluyen la elección de Consejo Municipal de Juventud en el Archipiélago de San Andrés y Providencia.

Ante la solicitud de partidos políticos, procesos y prácticas organizativas de juventudes y jóvenes independientes, en el marco de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral tomaron la decisión de correr el calendario electoral de las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, para garantizar que todos los sectores puedan inscribir listas hasta el domingo 5 de septiembre en la plataforma digital y sedes de la entidad en todo el país.

El Consejo Nacional Electoral consideró que la Registraduría Nacional, al modificar la fecha de la elección, puede a su vez cambiar el término del período de inscripción con la precisión de que las inscripciones realizadas durante el plazo preestablecido se mantengan.

“Siempre que así lo considere necesario y en el marco de su autonomía, independencia y competencias puede la Registraduría Nacional del Estado Civil fijar una nueva fecha, posterior a la inicialmente prevista, para la celebración de las aludidas elecciones en tanto que no existen condicionamientos distintos a los ya aclarados para tales fines, lo que necesariamente da lugar a un desplazamiento en el tiempo de los términos del periodo de inscripción, con la precisión que las inscripciones que hubieren llegado a surtirse en los primeros días del anterior periodo se mantiene supérstites”, señala la contestación a la consulta elevada por la Registraduría Nacional del Estado Civil al Consejo Nacional Electoral.

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