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De acuerdo a Minsalud los Alcaldes son responsables de hacer cumplir la medida del carné de vacunación

 


El Ministerio de Salud y Protección Social anunció que, a partir del 16 de noviembre, todos los ciudadanos mayores de 18 años deberán presentar el carné de vacunación covid-19 o el certificado digital para ingresar a cualquier evento de ocio que implique aglomeración. Frente esto se refirió en su visita a Risaralda la Ministra de Salud encargada, María Andrea Godoy Casadiego.

 

“Esta fue una regulación que se expide por parte del Gobierno Nacional para efectos de solicitar el carné de vacunación o el certificado digital del aplicativo MiVacuna y que las personas que acudan a sitios donde haya una concurrencia de personas tanto públicos como privados y que está ligado a temas de ocio deban portar el carné y quienes administran estos sitios hagan la solicitud de este para poder incrementar las medidas de cuidado de salud de nosotros mismo y la comunidad”, dijo desde Risaralda la Ministra de Salud encargada María Andrea Godoy Casadiego.

 

Respecto a los eventos en espacios abiertos, el Decreto establece que no será necesario en aquellos que permitan mantener un metro de distancia entre las personas. Solo aplicará para aquellos en los que no se pueda cumplir dicha distancia y las personas deba estar por largo tiempo interactuando con un grupo amplio de personas.

 

De acuerdo a Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, la medida que inicia de forma pedagógica inmediatamente tiene dos objetivos: garantizar que se cumplirá la meta de vacunar al 70% de los colombianos, pero también lograr una reactivación económica segura que evite la gravedad de un cuarto pico.

 

“Buscamos que todos los sitios con aglomeración sean más seguros para que si un colombiano, por ejemplo, va a un cine, pueda estar tranquilo con que todos lo que están al interior están vacunados y pueda quitarse el tapabocas”, explicó el director.

 

Respecto a las dudas sobre si el carné será un requisito en lugares como iglesias, el funcionario aclaró que las medidas del Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021, aplican para lugares y actividades de ocio. Esto quiere decir que “para ingresar a una iglesia, al culto que todos tienen derecho, no se necesita. Pero si se va a hacer un evento de la parroquia ahí si se tendrá que exigir”.

 

Bermont también fue enfático en que este es un Decreto presidencial de orden público al que todos los alcaldes del país deben acogerse, por eso, en ellos recae la principal responsabilidad para el debido cumplimiento en todos los territorios.

 

“Los alcaldes serán los responsables de implementar el Decreto y quienes deben hacerlo cumplir son los dueños de cada establecimiento. Si hay un establecimiento que no cumple la medida entrará a regir el código de policía, que va desde llamado de atención hasta el cierre del lugar. Además, cualquier sanción al respecto será sobre el propietario y no el ciudadano. Los alcaldes darán las instrucciones necesarias a sus cuerpos de Policía sobre cómo actuar”, explicó el director.

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