Ante el Consejo de
Estado se radicó la nulidad de la Resolución CRA, 750 de febrero de 2016 fundamentada
en falsa motivación porque viola normas nacionales como el Decreto
Nacional 1006 de 1992, que establece los criterios para fijar el consumo básico
como la ley 142 de 1994 de servicios públicos y la ley 373 de 1997 sobre
el uso racional y eficiente del agua, afectando de manera progresiva
e injustificada a cerca de 9 millones de suscriptores y 30 millones de usuarios
de los estratos 1, 2 y 3, afirmó el Presidente del Partido MIRA, Carlos
Baena.
Asimismo, los
estudios que sustentan esta medida solo se basaron en suscriptores, es decir,
en el medidor de agua y no en el total de familias que se benefician del
servicio, disminuyendo el número de metros cúbicos de consumo
básico que es subsidiado, contrario al interés social y a las normas que regulan
la materia.
Llama la atención
que el estudio soporte de la Resolución tampoco excluyó los predios
desocupados, afectando el método de cálculo de los metros cúbicos del
consumo básico.
Aunque
es de vital importancia que el consumo sea controlado para que no haya
desperdicios, consideramos que la reducción de los metros cúbicos
subsidiados es exagerada, ya que en el caso de Bogotá,
el consumo básico pasaría de 20 a 11 metros a 1 de enero de 2018.
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