El decreto número 000335 del 8 de febrero
de 2024 establece que ni en parques, ni en colegios, escuelas, universidades,
centros religiosos, centros deportivos, coliseos, plazas, plazoletas, centros
históricos, culturales y 80 metros a la redonda, no se permite el consumo,
venta y distribución de sustancias psicoativas y tampoco la dosis personal,
dijo el secretraio de gobierno de Pereira, Jorge Mario Trejos Arias.
“El
alcalde Mauricio Salazar ha sido muy claro, en el sentido de aue se va a
respetar la autonomía de cada quien, pero no se va a permitir el consumo en los
lugares previamente descritos. Pero más allá del consumo, hemos detectado que
hay tráfico de estupencientes y este tráfico tiene que judicializarse y lo va a
hacer la autoridad competente”,
Juntamente
con la Policía se está trabajando de manera decidida, con miras a dejar estos
lugares mencionados, libres de humos para que se conserve la buena y sana
convivienvia entre todos los actores que frecuentan estos lugares; pero
especialmente para salvaguadar y defender los derechos de los niños y niñas que
están por encima de cualquier consideraación. Desde la expedición del presente
decreto, 8 de febrero y por 30 días, se hace una tarea pedogógica para que se
conozca la decisión tomada mediante decreto municipal.
También el funcionario indicó que “hay lugares de alta presencia de menores y a
ellos es que estamos protegiendo con este decreto. Se va a respetar la
autonomía, el consumo de la dosis personal, pero no en los lugares como
colegios, parques, escuelas y sitios de esparcimiento como los ya mencionados”.
Es importante señalar que la Ley 2000 de 2019 le otorgó a los alcaldes
municipales la competencia de “establecer los perímetros para la restricción
del consumo de sustancias psicoactivas en los lugares públicos... [que] debe
ser clara y visible para los ciudadanos, informando del espacio restringido”.
En ese sentido, la finalidad del Decreto 2114 del 07 de diciembre 2023 es
“evitar la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de
medidas correctivas” y orientar “la capacidad institucional, para contrarrestar
y atacar la oferta de sustancias psicoactivas (estupefacientes o
psicotrópicas), así como las estructuras de crimen organizado dedicadas al
microtráfico y narcotráfico”; por lo tanto, se requiere la presente
regulación para ejercer control por parte de las autoridades en el municipio de
Pereira.
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