Para evitar confusión entre los risaraldenses en el
manejo de la información y aplicación de las normas y restricciones, el
gobernador de Risaralda Victor Manuel Tamayo, anunció que unificará el decreto
del departamento al de la ciudad de Pereira.
El mandatario de los risaraldenses fue enfático en afirmar que la medida aplica solo para situación de fuerza mayor o reunificación familiar argumentada.
“No dudaremos en aplicar las medidas policivas a quienes estén circulando sin justificación, porque del buen acatamiento de las mismas, depende la salud y la vida de todos”, declaró el Gobernador.
En ese orden de ideas así será la circulación de vehículos y personas:
Se permitirá el ingreso o tránsito de vehículos y personas a la ciudad de Pereira, los días lunes 23 y martes 24 de marzo, exclusivamente por razones de fuerza mayor, de reunificación familiar y descargue de mercancías.
El mandatario de los risaraldenses fue enfático en afirmar que la medida aplica solo para situación de fuerza mayor o reunificación familiar argumentada.
“No dudaremos en aplicar las medidas policivas a quienes estén circulando sin justificación, porque del buen acatamiento de las mismas, depende la salud y la vida de todos”, declaró el Gobernador.
En ese orden de ideas así será la circulación de vehículos y personas:
Se permitirá el ingreso o tránsito de vehículos y personas a la ciudad de Pereira, los días lunes 23 y martes 24 de marzo, exclusivamente por razones de fuerza mayor, de reunificación familiar y descargue de mercancías.
· Entre las 00:00 y las
6:00 am. de este lunes 23 de marzo podrán ingresar vehículos de carga
intermunicipal.
· Entre las 6:00 a.m. y
las 18:00 del lunes 23 de marzo de 2020 los vehículos particulares de placas
pares.
· Entre las 18:00 horas
del lunes 23 y las 6:00 a.m. del 24 de marzo exclusivamente vehículos de carga.
· Entre las 6:00 a.m. y
las 18:00 horas del martes 24 de marzo de 2020 vehículos particulares placas
impares.
· Entre las 18:00 horas
y las 23:00 horas del martes 24 de marzo exclusivamente vehículos de carga.
0 comentarios:
Publicar un comentario