Tortugas y loros están entre los animales silvestres que más conviven con los ciudadanos en sus hogares. Se trata de una práctica muy común entre la gente y que se configura como una costumbre contraria a las normas ambientales vigentes.
"La ciudadanía debe entender que
los animales de la fauna silvestre, llámense loros, guacamayas, tortugas,
iguanas, guatines, entre otros, no son mascotas y deben estar en sus hábitats
naturales, no conviviendo en los patios de las casas", explicó el biólogo
Javier Ovidio Espinosa, funcionario de la Dirección Ambiental Regional Centro
Norte de la CVC.
Dijo que hay normas establecidas para
protegerla y conservarla, así como promover su cuidado. "El Código
Nacional de Policía, por ejemplo, menciona aquellos comportamientos que afectan
la fauna silvestre, como colectar, aprovechar, mantener, tener, transportar,
introducir, comercializar o poseer especies de fauna silvestre (viva o muerta),
o sus partes, sin la respectiva autorización ambiental".
"Las personas, en general, deben
razonar que su rol en la sociedad es importante para preservar las especies y,
por consiguiente, hay que tener conciencia ambiental, dejar la vida silvestre
en sus ecosistemas y contemplarla, en lo posible, en su hábitat natural",
añadió el profesional.
"No se trata de imponer
sanciones, que claramente están amparadas en la ley, se trata que la ciudadanía
tome conciencia en no domesticar, ni tener animales silvestres, no realizar
actividades de cacería y no traficar con recursos faunísticos", concluyó
el biólogo.
Entre las leyes vigentes sobre
tenencia ilegal, comercialización y tráfico de fauna silvestre, tenemos:
-El Código Nacional de Policía (Ley
1801 de 2016, art. 101)
-Ley 1453 de 2011, artículo 29
-Decreto Ley 2811 de 1974 (Código
Nacional de Recursos Naturales).
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